Secretaría General

CARLOS ALBERTO CASTELLANOS ARAÚJO

CARLOS ALBERTO CASTELLANOS ARAÚJO

SECRETARIO GENERAL

Con una amplia trayectoria en el sector público, Carlos Alberto Castellanos Araújo llega al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para aportar su experiencia en gestión institucional, contratación pública y liderazgo de equipos.

Abogado de la Universidad del Norte, es especialista en Derecho Público y en Gestión Pública e Instituciones Administrativas, y magíster en Derecho Público para la Gestión Administrativa. Buena parte de sus más de 12 años de experiencia profesional ha estado dedicada al fortalecimiento de entidades públicas, la dirección de proyectos de innovación y el liderazgo de equipos.

Entre 2021 y 2025 se desempeñó como secretario general de la Procuraduría General de la Nación, donde lideró las áreas financiera, administrativa y de talento humano, y acompañó procesos de modernización institucional.

También gerenció el Programa de Fortalecimiento de la Procuraduría con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), una iniciativa orientada a impulsar la transformación digital, modernizar la entidad y fortalecer la gestión basada en datos.

Su trayectoria se complementa con experiencia en asesoría jurídica y contratación pública y privada, así como con la docencia universitaria en programas relacionados con contratación estatal.

Con su llegada a MinHacienda, Castellanos Araújo inicia una nueva etapa profesional en la que pondrá su experiencia y conocimiento al servicio de la gestión de la entidad.

 

Funciones de la Secretaría General

Son funciones de la Secretaría General, las siguientes:

  1. Asesorar al Ministro en la formulación de las políticas, normas, procedimientos, objetivos y estrategias relacionadas con la administración del Ministerio.
     
  2. Controlar el cumplimiento de las normas legales orgánicas del Ministerio y el eficiente desempeño de las funciones técnicas, administrativas y tecnológicas del mismo, coordinando la actividad de sus distintas dependencias.
     
  3. Establecer las directrices y ejercer el control de la ejecución de los programas y actividades relacionadas con los asuntos jurídicos, financieros, de administración y desarrollo de personal, servicios administrativos y los de Control Disciplinario Interno.
     
  4. Impartir directrices a las diferentes dependencias del Ministerio sobre la actividad administrativa, proporcionándoles una adecuada orientación técnica que garantice la continuidad en la prestación de los servicios y la ejecución de los programas en coordinación con la Oficina de Control Interno.
     
  5. Presentar a consideración del Ministro los proyectos de decreto que reglamentan la estructura interna y el funcionamiento del Ministerio, los proyectos de actos administrativos y demás documentos de carácter técnico y administrativo, que él deba suscribir en ejercicio de sus funciones y velar por su legalidad y constitucionalidad.
     
  6. Revisar y tramitar todos los actos relacionados con proyectos de decreto, resoluciones, consultas y demás documentos que requieran la firma del Ministro.
     
  7. Impartir directrices a las diferentes dependencias del Ministerio en materia contractual y de ordenación de gasto, de acuerdo con la delegación efectuada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.
     
  8. Revisar y tramitar los contratos o convenios que requieran firma del Ministro.
     
  9. Responder ante el Ministro por la realización de los estudios sobre la planta de personal y supervisar la actualización de los manuales de funciones y de competencias laborales de los cargos de la planta del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
     
  10. Informar periódicamente al Ministro sobre el funcionamiento técnico, administrativo y tecnológico de las dependencias que conforman la entidad y el estado de ejecución de los programas de la misma.
     
  11. Llevar la representación del Ministro cuando este lo determine.
     
  12. Dirigir y coordinar los servicios de registro, clasificación, manejo de archivos, y la correspondencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
     
  13. Coadyuvar en los procesos de planeación y dirección de la entidad, coordinando la elaboración de los proyectos de presupuesto de inversión y de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
     
  14. Velar por el cumplimiento oportuno de las responsabilidades del Ministro ante los órganos de control, respecto de los estados financieros y demás informes que reflejen en debida forma su situación financiera y contable.
     
  15. Llevar el control de las delegaciones a los Comités, Consejos y Juntas Directivas a los que asiste el Ministerio y proyectar los actos administrativos pertinentes.
     
  16. Recibir los títulos representativos de la propiedad accionaria del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, entregarlos a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional para su custodia y enviar copia de estos a la Dirección Administrativa para su respectiva contabilización.
     
  17. Definir la política para la creación de estrategias que fomenten la conducta ética en la adecuada prestación del servicio por parte de los servidores públicos del Ministerio, y coordinar el diseño de programas para la prevención y represión de las faltas disciplinarias.
     
  18. Fijar el plan estratégico de la Secretaría General y de las dependencias a su cargo, efectuar el seguimiento, establecer el plan de acción para su ejecución y evaluar los resultados mediante la utilización de los instrumentos de medición respectivos.
     
  19. Participar en la negociación y estudio de los tratados internacionales en los que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público deba participar por razones de sus competencias y que le sean asignados por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.
     
  20. Efectuar las notificaciones de los actos administrativos expedidos por el Ministro cuando así se requiera, o cuando no sean competencia de otra área.
     
  21. Expedir y autenticar las copias de los documentos emanados del Ministerio cuyos originales reposen en la Secretaría General o designar el funcionario competente para ello.22. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Documentos que los soporta

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