Dirección Administrativa

CRISTIAN CAMILO GÓMEZ AGUILAR

DRECTOR ADMINISTRATIVO

Abogado, docente universitario de posgrado y capacitador, con más de nueve años de experiencia profesional en derecho administrativo, función pública y contratación estatal. Especialista en Derecho Procesal Constitucional, en Contratación Estatal y en Derecho Público.

Su trayectoria comprende la asesoría jurídica a entidades del orden nacional y territorial, entre ellas la Procuraduría General de la Nación, la Financiera de Desarrollo Territorial Findeter, el Jardín Botánico de Bogotá José Celestino Mutis, la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Alcaldía Municipal de Tenjo, así como a firmas de abogados y holdings empresariales del sector privado.

Este recorrido le ha permitido consolidar una visión integral de la gestión pública, articulando la perspectiva del control institucional, la experiencia en la banca de desarrollo y las prácticas de eficiencia propias del sector privado.
Asume la Dirección Administrativa con el propósito de fortalecer los procesos de la dependencia, robustecer el soporte administrativo a la operación del Ministerio y consolidar estándares de gestión orientados a la legalidad, la eficiencia y el servicio a las áreas misionales.

Funciones de la Dirección Administrativa

Son funciones de la Dirección Administrativa, las siguientes:
  1. Dirigir la actividad administrativa de las diferentes dependencias del Ministerio, su planeación, ejecución, control de gestión y resultados, proporcionándoles una adecuada orientación técnica que garantice la continuidad en la prestación de los servicios y la ejecución de los programas.
     
  2. Hacer seguimiento a la ejecución de las políticas, normas y procedimientos de los asuntos de competencia de la Dirección.
     
  3. Dirigir, administrar, coordinar y hacer seguimiento a los procesos contractuales y a los relacionados con el recurso humano, financiero, físico y de bienes y servicios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, garantizando su adecuado funcionamiento.
     
  4. Ejecutar la ordenación del gasto de acuerdo con las delegaciones efectuadas por el Ministro.
     
  5. Dirigir, coordinar y adelantar, previa delegación del Ministro, la actividad contractual del Ministerio, de conformidad con procedimientos establecidos en la ley y en el reglamento.
     
  6. Planear, organizar, dirigir, evaluar y controlar los procesos de selección de contratación desarrollados para el cumplimiento de los objetivos de los proyectos financiados por la Banca Multilateral, con el fin de garantizar la aplicación de las normas previstas por los organismos de Banca Multilateral, Organismos Cooperantes y donantes, así como los procedimientos adoptados por la Entidad en esta materia.
     
  7. Proponer el plan estratégico y el de acción de la Dirección Administrativa y de las Subdirecciones a su cargo, efectuar el seguimiento de su ejecución y evaluar los resultados obtenidos.
     
  8. Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación, la elaboración de los proyectos de presupuesto e inversión de la Dirección Administrativa y presentarlos a la Secretaría General, acompañados de su explicación y de la justificación detallada de cada una de las apropiaciones.
     
  9. Dirigir y coordinar oportuna y eficientemente, la elaboración y ejecución del programa anual de compras y de contratación, en concordancia con las necesidades de las dependencias del Ministerio, las políticas gubernamentales del gasto público y la disponibilidad presupuestal existente.
     
  10. Controlar la ejecución y realizar el seguimiento del presupuesto de gastos y de inversión del Ministerio.
     
  11. Coordinar la preparación y presentación de informes exigidos por los organismos del Estado y las diferentes dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con la naturaleza de las funciones a cargo de la Dirección Administrativa, incluidas sus Subdirecciones.
     
  12. Dirigir y Coordinar el adecuado funcionamiento del área de quejas, reclamos y sugerencias de los usuarios.
     
  13. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Documentos que lo soportan